Una sociedad civil es una asociación de personas comprometidas a la realización de tareas con finalidad que excede lo económico. Dicha sociedad se constituye mediante un contrato que pone en relieve los distintos aportes que los socios se comprometen a realizar; dichos aportes pueden ser trabajo, capital o bienes específicos. La sociedad civil debe ser presentada con un nombre y tener un domicilio legal, como asimismo tener un determinado capital para comenzar sus operaciones. Este tipo de organización mantiene una estructura independiente del estado, estando subordinada, no obstante, a las leyes corrientes que ordenan una nación, leyes que pueden variar sustantivamente según el país al que se haga referencia.
En una sociedad civil pueden existir dos tipos de aportantes. Uno de estos son aquellos individuos que realizan aportes de capital y bienes, aportes que servirán para el funcionamiento de la entidad. Por el otro lado existen individuos que se caracterizan por el aporte de su trabajo y de las competencias que tengan. Una vez que se haya determinado el total de los aportes y de las formas de realizar los mismos mediante un contrato, los socios serán deudores de la sociedad, llegando incluso a deber intereses si se atrasan con la realización de sus compromisos.
En el contrato que se firme se establecerá la manera en que se distribuyan las ganancias y las pérdidas. De faltar esta definición, las mismas serán distribuidas en función de la manera en que se hayan constituido los distintos aportes. De existir algún tipo de perjuicio llevado a cabo por la sociedad, los socios deberán responder enteramente por éste, ya sea con las posesiones de la sociedad como con las posesiones de los socios.
La sociedad civil tiene un determinado tiempo de ejercicio al cabo del cual se considera extinta o terminada. Esto significa que el contrato tiene un tiempo de validez que podrá extenderse si los socios están de acuerdo en este proceder. Si alguno de los socios se encuentra imposibilitado de proseguir con la labor, la finalización de la sociedad también es una opción, salvo que los demás socios den su consentimiento para seguir con la misma.
Para finalizar, cabe señalar que existe una diferencia importante entre una sociedad civil y una asociación civil. La primera puede tener algún grado de interés económico, mientras que la segunda excluye esta posibilidad. No obstante, también es importante señalar que cada país tiene su propia legislación en la materia, circunstancia que puede redundar en diferencias significativas.