Se denomina consecuencia a un efecto de un determinado suceso, decisión o circunstancia. Desde esta perspectiva puede aseverarse que una consecuencia es meramente un efecto originado por una determinada causa. Así, suele hablarse de las consecuencias de las acciones personales, de un evento, de una relación lógica.
Cuando la expresión refiere a los actos humanos, cae inevitablemente en el plano de la moral y la ética. Durante mucho tiempo la tradición filosófica se ha encomendado a la tarea de dilucidar en qué medida las acciones que dependen del hombre lo conducen hacia una situación de felicidad o lo alejan de esta. Este reflexionar sobre las consecuencias del accionar del hombre además se presenta en las religiones, obras de arte etc.
Con respecto a la relación de eventos, el término consecuencia apunta las relaciones causales existentes en la naturaleza. Este tópico ha sido, por su parte, ampliamente debatido por la epistemología, en la medida en que es menester para la ciencia determinar si la consecuencia de una situación determinada puede repetirse en el futuro cuando se repita la misma situación. Reflexiones como las que esbozó Hume sobre la imposibilidad de establecer una relación causal entre dos eventos concomitantes, en la medida en que significaría una generalización, han contribuido enormemente al desarrollo del método científico; así, para el método utilizado en el área científica, una consecuencia prevista de antemano por una teoría no verificaría a la susodicha teoría, tan solo la contrastaría.
Con respecto al plano de la lógica, una consecuencia sería una conclusión deducida lógicamente de premisas expuestas. Así, desde un punto de vista de esta ciencia formal, una consecuencia lógica debe ser necesaria y de índole formal. Desde esta perspectiva orientada al plano lógico, es imposible que la conclusión de dos premisas verdaderas sea falsa, es decir, la veracidad de la concusión es consecuencia de la aplicación de una misma interpretación para las premisas.
Es interesante señalar que la ley positiva establece un sistema de consecuencias socialmente observables para el accionar que un individuo tiene en la esfera social. Así, a cada transgresión de una imposición se le endilga una consecuencia que se aplicará por el estado al transgresor, siempre y cuando esta circunstancia sea posible de probar.
Haciendo un recuento de todas las acepciones que el término consecuencia pueda tener, lo cierto es que siempre se mantendrá presenta la idea de sucesión de dos instancias distintas, una como evolución natural y esperada de la otra.