Se denomina deber o deberes a la responsabilidad de una figura frente a otra, cuyos actores pueden coincidir o alternar en carácter de persona física (una persona particular) o jurídica (empresa u organización), comprendiendo a partir de este último al Estado. Existen dos formas de deber: una como acuerdo entre las partes, de manera previa a contraer un compromiso, y otra de orden jurídico, impositivo y social, que cada uno está obligado a conocer, por lo tanto, en caso de no saberlo, no lo exime de responsabilidad. En todos los casos, se espera una conducta o acción que favorezca el cumplimiento. Caso contrario, existe la sanción o castigo, que tiene que estar especificada como tal, como respuesta al incumplimiento.
Existen varios ejemplos que podemos citar para graficar este término, y cada uno de ellos hace referencia a un tipo diferente de deber. En primer lugar, podemos identificar el deber social, que cada uno de nosotros tenemos como ciudadanos de una determinada ciudad, y a nivel general, de una nación. Son muchos los textos de constituciones nacionales que, en sus primeros artículos establecen no sólo los derechos si no también los deberes de todos los ciudadanos que habitan dicho territorio. El deber es el contrapeso del derecho. Por ejemplo, yo tengo derecho a recibir información, a difundirla y a buscarla, pero también es mi deber difundir una información cuando la tengo, para que otros pueda gozar de su derecho a recibir.
En otro caso, el deber está relacionado al ámbito escolar, y supone la realización de tareas fuera del tiempo de clases, como forma de reforzar o afianzar la aprehensión de conocimientos, a través de ejercicios de análisis, comparación, aplicación de teorías o reglas, interpretación, lectura, escritura, relación con la realidad, entre otros fines buscados.
También existe el deber tributario, que es aquel que todo ciudadano debe abonar al fisco (la administración fiscal del Estado) por la propiedad privada, la propiedad intelectual, la explotación de un comercio, la contratación de empleados, la posesión de un automóvil o motocicleta, la condición de trabajador autónomo, etc. Son lo que comúnmente podemos llamar tasas y contribuciones al Estado, impuestos a las ganancias o responsabilidades impositivas.
El incumplimiento de alguno de estos deberes supone diferentes sanciones o castigos, según los casos. En el caso social, el cumplimiento de una condena por un delito o el resarcimiento económico por un daño causado a un tercero (dependiendo si es responsabilidad civil o responsabilidad penal) pueden ser algunas sanciones. En el caso escolar, la obtención de una mala calificación o la asignación de tareas extras, pueden ser ejemplos de sanciones. Por último, para el caso tributario, el cobro de excedentes o la suspensión de la actividad en un comercio, por ejemplo, pueden ser sanciones plausibles de ser concretadas en la realidad.