Soberanía hace referencia a la autoridad suprema o última en un Estado, es decir, indica en dónde o en quién radica el poder de mando más alto en una comunidad política. El vocablo proviene de soberano, visto en el bajo latín como superanus, el cual se compone del prefijo super- qué significa por encima o sobre, y el sufijo -anus, que establece una relación de pertenencia. Así pues, el término en cuestión hace referencia a la figura de máxima representación.
¿Cómo se origina y afirma el desarrollo del concepto?
El término aparece en las postrimeras del siglo XVI como referencia al poder único y exclusivo del Estado. De acuerdo a Matteucci, surge a la par de la concepción de Estado moderno en contraposición a la organización del Estado medieval, el cual estaba organizado a partir de distintos feudos que se repartían el poder. Con la idea de soberanía, se instala la unificación de la máxima autoridad política estableciendo que el soberano sería la única instancia que mantuviera el monopolio del territorio y de la fuerza ejercida dentro del mismo y para determinada población.
A partir de entonces, la noción de soberanía se vincula a la formación de los estados nacionales, caracterizados por la unificación y concentración del poder en un soberano que pudiera garantizar la paz entre sus gobernados y su capacidad de defenderlos ante amenazas del exterior. En este punto, Matteucci alude al doble aspecto de la soberanía: el interno, referido a una supremacía de autoridad dentro del Estado, lo que implica la eliminación de los poderes y privilegios alternos a él, y el externo, que concierne a la libertad del Estado de actuar como igual frente a sus pares.
Es notoria la similitud de las definiciones primarias de soberanía con la concepción de Estado establecida por Max Weber, quien definía al último como la entidad en quien recae el uso exclusivo y legitimado de la violencia. Encontramos que, en sus orígenes, la soberanía recae en el Estado, mismo que ostenta el poder único, sin embargo, esta acepción tomara ciertos matices a lo largo del desarrollo teórico del concepto.
Principales autores
Varios han sido los pensadores que han tratado el tema. Empezando por Jean Bodin, el autor señaló que la soberanía radica en las leyes, esto significa que el poder soberano está en la capacidad de crearlas, reformarlas o abolirlas, siendo la legalidad la fuerza que mantiene la cohesión en la sociedad.
Por su parte, Thomas Hobbes indica que la soberanía recae en la entidad que ostente el poder único de coacción y que, por ende, tenga la capacidad de imponer conductas generales y hacerse obedecer.
Posteriormente, Jean Jacques Rousseau, establece el concepto de voluntad general, en la que esta implícita la soberanía; es única, indivisible y aunque deviene de los intereses individuales, estos siempre se subsumen al bien común.
La perspectiva de Rousseau de soberanía es un tanto abstracta en cuanto a la figura tangible en la que se deposita. En épocas posteriores, surgieron otros teóricos que puntualizaban que esta fuente de poder no es impersonal y que no necesariamente era detentada por el Estado.
En este sentido, Matteucci menciona algunos puntos de vista al respecto: para Marx, el poder supremo lo ostenta la clase económica dominante (dueños de los medios de producción); para Gaetano Mosca, la clase política (quienes dirigen el Estado); para Charles W. Mills la élite del poder (minoría que decide sobre asuntos de relevancia para una nación), y para Schmitt, aquel que pueda decidir cuándo llevar a cabo el estado de excepción (momento en el que se precisa apartarse de las normas establecidas y suprimir o modificar ciertos derechos).
Características de la soberanía
De acuerdo a Jean Bodin, las características de la soberanía son cinco: es absoluta, perpetua indivisible, inalienable e imprescindible. Es absoluta, porque las leyes no la limitan y define un poder de origen independiente de otros; perpetua porque es intrínseca al poder y trasciende a las organizaciones o individuos que la ejerzan; inalienable porque no se puede ceder o vender, y es imprescindible, puesto que se considera absolutamente necesaria.
De acuerdo al Sistema de Información Legislativa (México), la soberanía se caracteriza por su capacidad de ilimitada, absoluta y arbitraria. Limitada porque se establece en el contrato social explicitado en una constitución; absoluta porque no la restringe la legalidad, aunque representa la voluntad general, y arbitraria porque el poder máximo es una representación legal de los intereses, aquellos con más fuerza.
La soberanía explícita
Aun cuando se trata de una abstracción teórica, la soberanía se ha precisado en papel de formar muy similares.
En la Constitución Política los Estados Unidos Mexicanos, se establece que la soberanía de la nación reside en el pueblo mismo y que todo poder emana de él (artículo 39). Igualmente, esta Carta Magna dispone que dicha soberanía se ejerce mediante los Tres Poderes de la Unión (artículo 41).
Otro ejemplo muy similar es lo estipulado en la Constitución Española de 1978, cuyo artículo primero indica que la soberanía de la nación reside en el pueblo de España y de este mismo proceden los poderes del Estado.